Cuba prorroga la exención arancelaria para la importación no comercial de productos esenciales

Estos beneficios permanecerán vigentes mientras subsistan las condiciones económicas que motivaron su aprobación.

El Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) oficializó la prórroga de la exención arancelaria para la importación sin carácter comercial, sin límites de valor y libre del pago del impuesto aduanero, de alimentos, productos de aseo, medicamentos e insumos médicos.

La disposición, recogida en la Gaceta Oficial de la República, edición extraordinaria No. 7, del 17 de enero de 2025, mediante las resoluciones 9 y 10 del organismo, indica que los beneficios permanecerán vigentes mientras subsistan las condiciones económicas que motivaron su aprobación. Cualquier modificación o eliminación será informada con al menos 30 días de antelación mediante las normas jurídicas correspondientes.

Esta medida, vigente desde 2021 y prorrogada de forma sucesiva, responde a las limitaciones persistentes en la disponibilidad de productos de primera necesidad en el país.

De acuerdo con la información publicada por el periódico Juventud Rebelde, su adopción estuvo motivada inicialmente por el recrudecimiento del bloqueo económico, financiero y comercial contra Cuba, así como por los efectos económicos derivados de las acciones implementadas para la prevención y el enfrentamiento de la COVID-19.

El MFP explicó que, en la actualidad, continúan las afectaciones en la oferta de alimentos y artículos de aseo, además de dificultades en el Cuadro Básico de Medicamentos. A ello se suman los déficits energéticos asociados a averías en el sistema electroenergético nacional y la escasez de combustible, factores que inciden de manera directa en la producción y distribución de bienes esenciales. En ese contexto, la exención arancelaria se mantiene como una alternativa para facilitar el acceso de la población a productos deficitarios.

La decisión se complementa con la Resolución No. 4 de 2026 del Ministerio de Salud Pública y la Resolución No. 34 de 2026 del Aduana General de la República, que autorizan de forma excepcional e indefinida la importación, sin fines comerciales y exenta del impuesto aduanero, de medicamentos e insumos médicos en sus envases originales. Estas normas también precisan las reglas aplicables a las importaciones no comerciales realizadas por personas naturales.

Se ratifica que los productos clasificados como alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos deberán presentarse ante la Aduana en bultos separados del resto del equipaje o de los envíos, con el fin de aplicar correctamente los beneficios establecidos.

Las autoridades fiscales y aduaneras han advertido, tras evaluaciones sistemáticas, la existencia de personas que intentan utilizar estas facilidades con fines de lucro. Por ello, la Aduana General de la República reforzará los controles en frontera para enfrentar el contrabando y evitar la desnaturalización del beneficio.

Redacción Radio Taíno
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