Nuevas normas en Cuba para transacciones en divisas
Estas medidas permitirán que los actores económicos radicados en Cuba puedan operar legalmente con moneda extranjera, además del peso cubano,

Con la publicación hoy en la Gaceta Oficial de la República del Decreto Ley 113 y las resoluciones 140 del Ministerio de Economía y Planificación; y 125 y 126 del Banco Central de Cuba, queda establecido un nuevo mecanismo para la gestión, el control y la asignación de las divisas en el país.
La nueva norma actualiza lo dispuesto anteriormente, que limitaba las transacciones en la economía a pesos cubanos, y establece la posibilidad de que haya otras monedas de curso legal, de conjunto con el peso cubano, para que puedan emplearse en operaciones de cobros y pagos en divisas entre los actores económicos radicados en Cuba.
La Ministra Presidenta del Banco Central de Cuba (BCC), Juana Lilia Delgado Portal, explicó que la medida aplica a personas jurídicas cubanas, extranjeras y mixtas, así como a personas naturales que realizan actividades productivas o cualquier tipo de transacción económica que involucre un instrumento de pago denominado en divisas, según publica el periódico Granma.
Señaló que también aplica a los contratos de asociación económica internacional, proyectos de desarrollo local, de cooperación internacional y organismos internacionales.
Esta especie de “sombrilla jurídica” será conducida por el Ministerio de Economía y Planificación (MEP), desde el cual se autorizarán las transacciones que podrán realizarse en el país, regido por un conjunto de procedimientos que priorizarán las actividades de exportación, las producciones que se encadenen con el sector exportador, las que permitan sustituir importaciones, y otras que tributen al objetivo primario de incrementar los ingresos en divisas.
“No se trata de darle vuelta a la divisa que ya circula en la economía nacional, sino estimular las exportaciones, que la divisa entre desde el exterior”, enfatizó el titular del MEP, Joaquín Alonso Vázquez», citado por Cubadebate.
Agregó que también fomenta la sustitución de importaciones, pues existen frentes los que es preferible comprar a la industria nacional que importar eso mismo desde el exterior.
La Ministra Presidenta del BCC precisó que lo primero que se define es la operatoria de las cuentas en divisas: cómo deben utilizarse esas cuentas, quiénes son los que pueden tenerlas, para qué propósitos; porque una vez que se autorizan por el MEP, hay que abrir una cuenta en divisa para poder ejecutar las transacciones, y eso implica una licencia emitida por el BCC.
Destacó que a través de una segunda norma se regulará el procedimiento para lo que se denomina Asignación de Capacidad de Acceso a las Divisas (ACAD), que es una autorización emitida por el MEP para asignar determinado nivel de divisas a actores económicos que no las generan, y que las requieren para actividades priorizadas por el país.
Enfatizó que sus beneficiarios tendrán la posibilidad de comprar divisas de la Caja Central con pesos cubanos, aplicando el tipo de cambio oficial vigente, lo que sustituirá las llamadas cuentas de capacidad de liquidez (CL).

En tanto, una tercera norma, permitirá adecuar a lo establecido a la operatoria entre los actores económicos que participan en la Zona Especial de Desarrollo Mariel.
El Decreto Ley 113, que entrará en vigor el próximo 17 de diciembre, tiene el propósito de incrementar los ingresos del país en divisas y estimular la producción nacional de bienes y servicios, hasta tanto las condiciones de la economía lo permitan y se retome el peso cubano como la única moneda de curso legal.




